Sostengo con firmeza mi teoría de que es in-ne-ce-sa-ria una fotografía del artista en su
curriculum (no, me dice, statement,
biografía, manifiesto, ¡lo que sea!). ¿Qué diferencia hace? ¿No se supone que lo que se evalúa es la
obra, sólo la obra? ¿Por qué hay que
poner una foto personal en la postulación?
Son las
condiciones de participación, me insiste, y se niega a otorgar algún valor a mi
protesta. Odio sacarme fotos. Odio verme en foto. Argumento (en vano, claro) de que soy quién pintaba a sus chicas sin ropa y
sin cara… ¿no sirve eso para justificar
una excepción y permitirme presentar el dossier requerido sin mi foto, ser una artista sin cara? No.
Batalla irremediablemente perdida.
Para
colmo, como me niego terminantemente a fotografiarme y no tengo ni un retrato
decente para usar, termino sufriendo que sea una estúpida selfie de celular, tomada a traición, la que acabe representándome. Espanto de espantos. ¿Para qué quieren conocer la cara del
artista? Se trata de la obra, sólo de la
obra… ¡Qué ganas de fastidiar!
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